jueves, 18 de diciembre de 2014

HACIENDO CAMPUS

Está claro que a la universidad se va a aprender, pero quiero en esta entrada obviar lo evidente y destacar los pequeños momentos que conforman el conjunto del verdadero significado de la universidad. Pequeños momento como al que hemos asistido hoy en el campus, hacen que uno se de cuenta de lo significativas que son las relaciones entre los compañeros y los profesores. 

En un breve y emocionante acto, mis compañeros de clase y yo hemos mostrado nuestro más sentido y profundo agradecimiento por la enseñanza y el cariño de todos los profesores que hemos tenido y tenemos hasta ahora, por que como dice Mark Van Doren, "el arte de enseñar es el arte de ayudar a descubrir" y con el arte de esos profesores, hemos sabido sacar a la luz nuestro potencial. 

Estoy segura de que la vida en el campus pasará a formar parte de uno de nuestros mejores recuerdos, porque la vida en el campus no solo son los libros y los exámenes, sino esas salidas con los compañeros, esas discusiones con los profesores o esos cafés en la terraza. 

QUE VIVA EL CAMPUS 


 "SAPIENTIA AEDIFICAVIT SIBI DOMUN"

miércoles, 17 de diciembre de 2014

VIGILADOS

En una sociedad como esta, donde la tecnología se ha hecho indispensable para nuestro día a día, nos olvidamos de algo tan importante como es la seguridad.
Es curioso, pero muy pocas veces nos preocupamos de la trascendencia que tienen todos esos medios que facilitan nuestro día a día. Nos registramos en cualquier página web sin leer las condiciones del servicio y subimos nuestras fotos a todas las redes sociales de actualidad. No nos preocupa en lo mínimo las consecuencias que puede tener el hecho de cargar una foto a una determinada red social o dejar nuestros datos de la tarjeta de crédito en una página que no conocemos.
Toda esa reflexión deriva de un acontecimiento que, si bien es un tanto extraño, no entraña ninguna casualidad.
Pasó que me metí en el buscador de google para buscar la programación de la tele y, exactamente 10 minutos después me llegó una notificación a mi cuenta de twitter sobre un nuevo seguidor que no era ni más ni menos que "@programaciónTDT ". 10 minutos después de buscar la programación de la tele, me sigue una cuenta con ese nombre, ¿CASUALIDAD? la respuesta en NO.
Resulta que google maneja y controla una cantidad de información personal que no se limita al que el propio usuario es consciente de haber depositado en la red. Esta amplia información se utiliza para vendérsela a las empresas para que, de este modo, puedan hacer publicidad y vender sus productos (las famosas cookies). ¿En que páginas nos metemos con frecuencia? qué tipo de música escuchamos, con qué asiduidad nos conectamos?...google tiene la respuestas a todas esas preguntas, y si quieres saber dónde estuviste el día 20 de octubre del año pasado y no eres capaz de recordarlo, tranquilo que google tiene la respuesta; introduciendo location history en el bucador, con tener una cuenta de google, te detalla todos tus movimientos y las rutas que has tomado.
Por todo ello, he de decir que estoy realmente preocupada por la preservación de nuestra intimidad y por la desprotección a la que se está viendo sometida nuestra privacidad. Está claro que nada en esta vida es gratis, y otro ejemplo de ello es que INTERNET NOS HACE LA VIDA MÁS FÁCIL Y CÓMODA PERO A CAMBIO DEL CONTROL DE NUESTRA VIDA PRIVADA.

martes, 9 de diciembre de 2014

¿QUÉ SERÁ DE NUESTRO DERECHO A LA INTIMIDAD?



Hoy en la universidad  hemos debatido, entre otros temas de actualidad,  sobre el anteproyecto de la ley de  enjuiciamiento criminal y el impacto que tendría sobre el derecho a la intimidad protegido en la Constitución Española, más concretamente en su artículo 18.


Me interesa resaltar de este artículo, solo los apartados 2  y  3. 

art. 18.2:

"...El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito..."

art. 18.3:

"...Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial..."

Ya de entrada, el apartado segundo del art. 18 viene a proteger la inviolabilidad del domicilio pero con tres excepciones:
1. cuando el titular dé su consentimiento
2. cuando proceda de una orden judicial
3. cuando exista una clara evidencia de que el delito se está cometiendo en el momento. 

El carácter cerrado de este precepto implica que en ningún caso se podrá acceder a la vivienda de una persona salvo concurrencia de las excepciones antes mencionadas. El apartado tercero del artículo 18, en cambio, no tiene este carácter cerrado, ya que sólo deja opción a que sea un juez el que decida si se intervienen o no las comunicaciones de una persona. 

Sobre este último punto se ha basado el debate de hoy, originado por la noticia sobre el anteproyecto presentado por el ministro de justicia, el cual pretende que el ministro del interior pueda ordenar intervenciones de comunicaciones sin autorización judicial previa. estas escuchas policiales son legítimas en estos momento pero sólo en los casos de terrorismo, pero se añaden los siguientes: 

"...cuando las investigaciones se realicen para la averiguación de delitos cometidos en el seno de organizaciones criminales, delitos de terrorismo, delitos contra menores o personas con capacidad modificada judicialmente..." 

además, continúa diciendo, "...otros delitos que, en virtud de las circunstancias del caso puedan ser considerados de especial gravedad, y existan razones fundadas que hagan imprescindible la intervención de comunicaciones”. En todos estos casos, el ministro del Interior o, en su defecto, el secretario de Estado de Seguridad, podrán acordar la medida de investigación pertinente...”.

En resumidas cuentas, lo que se pretende con el anteproyecto, es ampliar el margen de actuación del ministerio del interior para los supuestos en los que pueda autorizar la intervención de las comunicaciones y permitir que, en su defecto, el secretario de Estado de seguridad pueda también autorizarla cuando el caso sea considerado de "especial gravedad".

El derecho a la intimidad en este caso, se queda menos protegido porque en cualquier momento se nos podría intervenir el teléfono móvil, el correo, etc siempre que se considere "especial gravedad" sin especificar quién considera que existe una especial gravedad ni cómo se decide. 
El juez, que era el que autorizaba o no las intervenciones, ahora tiene que esperar 24 h después de que las ESCUCHAS HAYAN SIDO REALIZADAS para motivar en el plazo de 72h si finalmente se autorizan o no. 

Concluyo diciendo, al igual que muchos de mis compañeros, que lo que se pretende dejaría bastante desprotegido nuestro derecho a la intimidad, derecho que viene recogido en la norma suprema y que por tanto, se merece de la protección efectiva por parte de todos y especialmente de los  poderes públicos.